Obligación tributaria
Nómina electrónica
Es el documento soporte de pago de nómina electrónica: el comprobante que se
transmite a la DIAN para respaldar los costos, gastos y deducciones de la
relación laboral en el impuesto sobre la renta. Lleva devengados, deducciones
y el total pagado a cada persona.
La obligación viene de la
Resolución 000013 de 2021 de la DIAN,
que la implantó por grupos entre 2021 y 2022 según el número de empleados.
Seguridad social
PILA
La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes es, en palabras del Ministerio
de Salud, «una ventanilla virtual que permite el pago integrado de aportes al
Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales». Un solo trámite en vez de
uno por entidad.
La información que la alimenta la reporta el aportante, y esa responsabilidad
no se traslada.
Ministerio de Salud y Protección Social.
Fiscalización
UGPP
La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales es la entidad que verifica que los
aportes a seguridad social y parafiscales se hayan liquidado y pagado completos.
Cuando encuentra diferencias, las cobra con sanción e intereses.
Por eso el soporte importa tanto como el cálculo: en una fiscalización hay que
demostrar cómo se llegó a cada cifra.
ugpp.gov.co.
Base de cálculo
IBC — Ingreso base de cotización
Es el valor sobre el que se calculan los aportes a salud, pensión y riesgos
laborales. No siempre coincide con lo que la persona recibe: hay pagos que
entran en la base y pagos que no.
Decidir qué entra es donde se originan la mayoría de los hallazgos de la UGPP,
y es también donde aplica el límite del 40 % de la Ley 1393.
Ley 1393 de 2010
Límite del 40 % a los pagos no salariales
El artículo 30 de la Ley 1393 de 2010 dice que los pagos que empleador y
trabajador acuerdan como no constitutivos de salario no pueden superar el
40 % del total de la remuneración. Lo que exceda ese tope entra al ingreso
base de cotización.
Su aplicación ha sido discutida ante el Consejo de Estado, así que conviene
revisar la doctrina vigente de la UGPP antes de parametrizar el cálculo.
Derecho colectivo
Pacto colectivo
Es el acuerdo sobre condiciones de trabajo que la empresa celebra con los
trabajadores no sindicalizados. Se rige por el título III del
Código Sustantivo del Trabajo.
En nómina significa que un mismo cierre puede tener grupos con reglas de
liquidación distintas conviviendo con el régimen general.
Derecho colectivo
Convención colectiva de trabajo
Es el acuerdo que la empresa celebra con uno o varios sindicatos
para fijar las condiciones que regirán los contratos de trabajo durante su
vigencia. También está en el Código Sustantivo del Trabajo.
La diferencia con el pacto colectivo es con quién se firma, y esa diferencia
cambia a quién le aplica cada beneficio.
Modalidad salarial
Salario integral
Es la modalidad en la que un solo pago cubre el salario ordinario y el valor de
prestaciones, recargos y beneficios, salvo las vacaciones. El artículo 132 del
Código Sustantivo del Trabajo exige que no sea inferior a diez salarios mínimos
legales mensuales más un factor prestacional de al menos el 30 %.
En la práctica, el piso son trece salarios mínimos mensuales.
Liquidación
Prestaciones sociales
Son los pagos que la ley reconoce además del salario: prima de servicios,
cesantías e intereses sobre las cesantías. Las vacaciones se liquidan junto con
ellas, aunque técnicamente son un descanso remunerado y no una prestación.
Se causan mientras el contrato está vigente y se pagan en las fechas que fija la
ley o al terminar la relación laboral.
Liquidación
Liquidación definitiva
Es el cálculo de todo lo que se le debe a una persona cuando termina su
contrato: salario pendiente, prestaciones causadas, vacaciones no disfrutadas y
las indemnizaciones que apliquen.
En operaciones con rotación alta es el cálculo que más se repite y el que más
errores acumula cuando se hace por fuera del sistema.
Impuestos
Retención en la fuente sobre pagos laborales
Es el anticipo del impuesto de renta que el empleador descuenta de los pagos
laborales y consigna a la DIAN. El Estatuto Tributario ofrece dos caminos para
calcularla: el procedimiento 1, mes a mes, y el procedimiento 2, con un
porcentaje fijo semestral.
Elegir uno u otro cambia el flujo de caja de la persona, no el impuesto total
del año.
Operación
El «día 31»
Es el desajuste entre el mes calendario y el mes comercial de treinta días con
el que se liquidan prestaciones y aportes. En los meses de treinta y uno, ese
día sobrante hay que resolverlo con una regla explícita.
Cuando la regla no está automatizada, aparece como diferencia en seguridad
social, en ausencias y en vacaciones.
Operación
Nómina multiempresa y multinómina
Multiempresa es administrar varias razones sociales bajo una sola autenticación,
conservando cada una sus propios parámetros. Multinómina es tener, dentro de una
misma empresa, varias nóminas con periodicidades o reglas distintas.
Es el escenario habitual de holdings, tercerizadoras y empresas de servicio
temporal.
Contratación
Firma electrónica
Es el mecanismo que permite firmar un contrato laboral en línea con plena
validez legal, dejando asociada la firma a la persona con su registro de tiempo
y su evidencia. En Colombia se sustenta en la Ley 527 de 1999 y su
reglamentación posterior.
En vinculación masiva es lo que permite que cien personas firmen el mismo día
desde su propio celular.
Las definiciones remiten a la norma vigente a la fecha de actualización de esta
página. No sustituyen asesoría jurídica ni contable: cuando el caso concreto tenga
matices, hay que revisarlo con quien corresponda.